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Espacio
Corporeidad - Lunes 6
Cuerpo
y Ciudadanía
Materialidad
de los derechos
Diana
Maffía
La
ciudadanía, desde la definición clásica dada
a mediados de siglo XX, ha dejado de verse como una condición
de los sujetos para pasar a considerarse como una capacidad: la
capacidad para el ejercicio de los derechos. Un ciudadano (una ciudadana)
construye ciudadanía en su relación con el Estado,
que es el responsable de garantizar tal ejercicio. Con sus políticas
públicas (y también con su agenda oculta, con lo que
no enuncia pero hace) el Estado fortalece o debilita la ciudadanía
de sus habitantes, según promueva o no el respeto, la accesibilidad,
la difusión, la participación y el control sobre sus
derechos.
Es claro, según esta definición, que no todos los
sujetos son iguales en este ejercicio y frente a estas garantías.
Los motivos de esta desigualdad están inscriptos en el cuerpo:
son el sexo, el color, la etnia, la edad, la discapacidad, la elección
sexual, la identidad sexual. Son los cuerpos de las "minorías",
aunque numéri-camente lo sean de las mayorías. Un
caso especial es el de las mujeres, que no son una minoría
social pero son tratadas como tal aunque forman parte de todas las
mayorías y minorías porque son una de las necesarias
expresiones sexuadas del género humano.
Desde el origen del Estado moderno y aún en la actualidad,
las mujeres han tenido especiales dificultades para ser aceptadas
como ciudadanas plenas, con autonomía y capacidad de exigencia
de sus derechos. Muchos argumentos que justificaban racionalmente
esta exclusión eran provistos por la ciencia, que avalaba
la inferioridad de las mujeres, los negros y los indígenas.
Claro que todos ellos tenían prohibido el ingreso a las universidades
y a las academias, por lo que el conocimiento científico
construyó su saber presuntamente universal sin la participación
de buena parte de la humanidad, en particular con la omisión
de las mujeres.
Así que (circularmente) las leyes del Estado impedían
a algunos sujetos participar de la construcción del conocimiento
que justificaba quiénes eran aquellos sujetos cuya ciudadanía
estaba amparada por las leyes y quiénes quedaban fuera. No
es de extrañar que los sujetos habilitados para la construcción
de la ciencia y los habilitados para la ciudadanía fueran
extraídos de la misma condición hegemónica:
varones blancos, adultos y propietarios. Este perfil, que corresponde
al sujeto privilegiado de la democracia, produce una retórica
universal de derechos, cuyos beneficiarios son unos pocos que sólo
se reconocen a sí mismos como iguales, y por lo tanto como
los únicos en condiciones de realizar pactos.
Precisamente la noción de "pacto" o "contrato"
social es la que inaugura la ciudadanía moderna. A partir
de esta noción, tener derechos ya no era una cuestión
de privilegios cedidos por un señor arbitrariamente a sus
súbditos, sino una condición garantizada por la libertad
e igualdad de la que gozaba todo ciudadano. Claro que no todos los
sujetos eran ciudadanos, y de allí que el universal del discurso
sólo alcanzara a unos pocos (siempre los mismos).
Por lo que vamos viendo, una vez tomada esta decisión, la
condición de inclusión o exclusión de la ciudadanía
puede hacerse a simple vista, porque las marcas están en
los propios cuerpos: sexo, edad, raza, etnia, color, sexualidad,
discapacidad. Estas marcas deben ser nombradas explícitamente
porque de no hacerlo se presupone un único sujeto, el que
en todas esas condiciones tiene una condición dominante,
entonces puede no hablar de ellas porque comparte los rasgos hegemónicos.
El sexo se nombra si es femenino, el color si es negro, la edad
si se es niño o anciano, etcétera.
Durante la colonia, en nuestro territorio, si un criollo juntaba
suficiente fortuna podía pedir a la corona de España
un "certificado de blancura". Enviaba su fortuna al rey
y éste le extendía un papel con sello y firma que
decía "téngaselo por blanco". Por cierto
esto no cambiaba su color de piel, pero le permitía acceder
a derechos que estaban reservados a unos pocos.
Nuestra propia República se organizó sobre los presupuestos
de la exclusión selectiva. Un año después de
la Revolución de Mayo, el Cabildo del Río de la Plata
resolvió que no se iban a considerar "vecinos"
(y por lo tanto ciudadanos, capaces de participar en el debate de
los asuntos públicos) ni los negros, ni los indígenas,
ni los mestizos ni las mujeres. El universal de la ciudadanía
quedaba así suficientemente reducido como para no poner en
riesgo la exclusividad de la propiedad y el poder.
Las cosas han cambiado, pero no lo suficiente. La cultura de los
derechos humanos hoy nos permite hablar de derechos universales;
pero su apropiación efectiva por sujetos distintos exige
que el Estado, responsable de respetarlos y garantizarlos, ofrezca
activamente herramien-tas para eliminar las múltiples barreras
en la construcción de ciudadanía. Las mujeres no podemos
escaparnos de nuestros cuerpos para ejercer nuestros derechos, pero
para ejercerlos incluyendo nuestros cuerpos las políticas
diferenciales hacia nuestra sexualidad deben ser explícitas,
eficaces y exigibles.
Durante muchos años, las mujeres hemos estado solas en estos
reclamos. Muy lentamente se comienzan a advertir los efectos excluyentes
de las políticas sobre los cuerpos, que transforman la biología
en un destino social, y alcanzan en ese destino de exclusión
no sólo a las mujeres sino a muchos varones a los que se
coloca en posiciones subalternas por no compartir los rasgos de
los sujetos dominantes.
La transformación del cuerpo de una persona en objeto de
la voluntad de otra es un modo de la esclavitud. Por eso todos los
movimientos sociales que luchan por los derechos de los más
vulnerables, deben prestar especial atención a los derechos
de las mujeres. Los cuerpos de las mujeres permanecen enajenados,
expropiados, transformados en mercancía. Otros deciden por
ellas. No se nos reconoce la autonomía de nuestra voluntad,
se nos amordaza y se nos condiciona. Es tan impune la expulsión
del cuerpo de las mujeres de la ciudadanía, que incluso quienes
dicen defender los derechos humanos se permiten ignorar sus demandas.
Varones y mujeres debemos considerar como un reclamo propio el que
nadie vuelva a decir que es posible la democracia sin mujeres. Las
mujeres hace mucho que luchamos para que nadie diga que los derechos
son universales si no se pueden expresar en femenino y en plural.
Los cuerpos configuran así una frontera, la diferencia entre
la identidad y la alteridad, entre el nosotros y el ellos (o ellas).
La frontera es un abismo que sólo se salva con el reconocimiento
y la integración, no con la omisión de las desigualdades
sino con la aceptación de la pluralidad de lo humano y la
universalidad de los derechos. La frontera de los cuerpos diversos
puede dejar de ser un lugar de expulsión para pasar a ser
un enriquecedor lugar de encuentro con lo diferente.
Diana Maffía
Instituto Hannah Arendt
www.institutoarendt.com.ar
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